5. Análisis figuras jurídicas de agrupación forestal en Galicia
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En cumplimiento de esta ley se aprobó el decreto 101/2008 de 30 de abril por el
que se regulan las unidades de gestión forestal de Galicia (UXFOR). Este decreto de-
fine las UXFOR como las entidades a las que se encomienda la gestión de los terrenos
forestales, con las que se pretende obtener un mejor aprovechamiento integral del
monte que redunde en un beneficio para sus propietarios y, de igual modo, para el
conjunto de la sociedad.
Está claro que la Administración ha de velar por la defensa del monte gallego y
su prevención de la lacra que suponen los incendios forestales. En este sentido, el
objetivo de la ley 3/ 2007 queda meridianamente definido. Sin embargo es más dis-
cutible que la eficiencia de la gestión forestal gallega y su sostenibilidad haya de
ser regulada con un carácter complementario o residual a través de esta ley y su de-
sarrollo.
El sector forestal gallego requiere la regulación de un modelo independiente y
autónomo que permita su ordenación y modernización para poder cumplir el objeti-
vo fundamental de poner en valor el monte y afrontar los retos futuros.
De un somero análisis de la normativa contenida en el decreto podemos extraer
las siguientes consideraciones:
A) Regula un procedimiento de constitución de las UXFOR con un marcado carác-
ter administrativo.
- Por un lado, posibilita la iniciación del procedimiento de constitución de
UXFOR a instancia de parte, cuando los propietarios interesados superen el
50 % de una superficie contigua de terrenos forestales que tenga una ex-
tensión mínima de 15 hectáreas, correspondiendo a la dirección general
competente en materia forestal, tras un periodo de información pública y
notificación a los interesados, la decisión final sobre la constitución y
aprobación de la UXFOR.
- Por otro, la Xunta de Galicia puede iniciar de oficio el procedimiento de
constitución de unidades de gestión forestal, por decreto del
Consello
y a
propuesta de la dirección general competente en materia forestal, siempre